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Información actualizada el 21/02/2023

NOTA: Descarga en formato (.doc) y (.odt). En la esquina superior derecha podrá acceder en formato (.pdf), a la versión imprimible o a la remisión vía email de la información recogida en esta página.

El acceso a la información del Colegio de Economistas de Santa Cruz de Tenerife, como corporación de Derecho Público, viene regulado en la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública. 

El órgano competente para velar por el derecho de acceso a la información es la Junta de Gobierno del Colegio a través de su Secretario.

El Colegio pone a disposición de la ciudadanía los siguientes medios para garantizar el acceso a la información:

  • PRESENCIALMENTE: Acudiendo a nuestra sede colegial sita en la C/ Pérez Galdós, nº20, 3º, en Santa Cruz de Tenerife.
  • TELEFÓNICAMENTE: 922 290 568 Y 922 243 719
  • FAX: 922 244 078
  • SOLICITUD MEDIANTE CORREO ELECTRÓNICO a la dirección Esta dirección electrónica esta protegida contra spam bots. Necesita activar JavaScript para visualizarla .
  • A TRAVÉS DE NUESTRA VENTANILLA ÚNICA accediendo al FORMULARIO GENÉRICO.
  • MEDIANTE SOLICITUD EN VIRTUD DEL RGPD accediendo al FORMULARIO.
  • UTILIZANDO EL FORMULARIO PARA EL ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA.
  • INTERPONIENDO RECLAMACIÓN EN MATERIA DE TRANSPARENCIA AL COMISIONADO DE TRANSPARENCIA DE CANARIAS a través del siguiente VÍNCULO.

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Todos tenemos derecho a acceder a la información pública. Las administraciones públicas están obligadas por el actual marco normativo a dar publicidad a determinada información de manera activa por medio de sus portales web de transparencia , así como a satisfacer las peticiones de información que les dirija cualquier persona física o jurídica.

En el caso de que haya presentado en cualquier administración pública canaria, una solicitud de acceso a la información pública y la misma no se haya contestado o no esté conforme con la respuesta que ha recibido, puede presentar su reclamación a través del Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública de una manera ágil y sencilla. La reclamación sustituye al tradicional recurso administrativo.

Si las preguntas que no han sido contestadas son de interés  general,  la reclamación constituye un aporte del reclamante a la mejor rendición de cuentas de  los servicios públicos. 

Si solicitas información y no se contesta puedes consultar la siguiente GUIA PARA RECLAMAR

ESTADÍSTICAS DE ACCESO DE LOS EJERCICIOS 2022 Y 2023

Este Colegio, durante los años 2022 y 2023, no ha efectuado ninguna rersolución denegatoria de acceso a la información como estipula el artículo 14 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la inofrmación pública y buen gobierno.

Durante los años 2022 y 2023,  no se ha producido ninguna solicitud de información según lo estipulado en el artículo 33 de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública.

 

 

Transparencia - Transparencia

elEconomista

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